Bases legales SORTEO PROMOCIONAL AGOSTO 2026 –Crismona

Crismona S.A.U. (en adelante, “CRISMONA”) con CIF A14015788  y domicilio en Calle Baena, 25, 14860 Doña Mencía, Córdoba, ha organizado un SORTEO PROMOCIONAL con un  regalo de una empresa tercera (en adelante, la “SORTEO PROMOCIONAL”), que se regirá de conformidad con las siguientes,

BASES

1.- OBJETO

El objeto de la presente actuación lo constituye el SORTEO PROMOCIONAL de los productos de la marca CRISMONA a través de su página web (http://crismona.com/) y de su página oficial de Facebook (https://www.facebook.com/CrismonaSA/)

CRISMONA informa que la participación en el presente SORTEO PROMOCIONAL es gratuita.

2.- ÁMBITO PERSONAL, TERRITORIAL Y DURACIÓN

Ámbito personal: Tendrán derecho a participar en la presente SORTEO PROMOCIONAL todas aquellas personas con residencia en territorio español (excepto Islas Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla) mayores de 18 años y que cumplan todos los requisitos en las presentes bases.

Ámbito territorial: El SORTEO PROMOCIONAL será de ámbito nacional, excepto Islas Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.

Ámbito temporal: El SORTEO PROMOCIONAL comenzará el día 1 de agosto de 2026 a las 10:00 horas y finalizará el día 31 de agosto de 2026 a las 23:59 horas. 

3.- MODO DE PARTICIPACIÓN

Las personas que deseen participar en el SORTEO PROMOCIONAL, deberán realizar las siguientes acciones:

  1. Haber realizado una compra online en la tienda online de Crismona (http://crismona.com/) o en una tienda física o supermercado, sin un mínimo de compra.
  2. Seguir a la cuenta de Facebook de Crismona  (https://www.facebook.com/CrismonaSA/) y compartir la publicación del SORTEO PROMOCIONAL entre sus amigos y/o conocidos.
  3. Escribir el número de compra de tienda online de Crismona o subir una fotografía del ticket de compra de tienda física en el email de confirmación en el formulario del SORTEO PROMOCIONAL, además de otros datos personales 
    http://crismona.com/el-concurso-de-crismona/
  4. El ticket de compra deberá ser con fecha de entre el 1 de agosto y el 30 de agosto de 2026.
  5. Cada ticket de compra es único y podrá ser utilizado una sola vez. No se admitirán duplicados. En caso de detectarse que dos o más participantes intentan participar con el mismo ticket de compra, todas las participaciones asociadas a dicho comprobante quedarán automáticamente anuladas y los participantes involucrados serán descalificados del concurso.

4.- ELECCIÓN DEL GANADOR

Se seleccionarán al azar, un (1) ganador y dos (2) suplentes entre todos los usuarios que hayan completado todas las acciones descritas en el modo de participación. Dicho SORTEO PROMOCIONAL al azar se realizará en las oficinas de la empresa (CRISMONA). El SORTEO PROMOCIONAL, simple sin certificado, se realizará en la página de:  www.sortea2.com

La publicación del ganador se publicará en la web y en la página de Facebook de Crismona.

5.- PREMIO A OTORGAR

El premio consiste en un (1) teléfono XIAOMI REDMI NOTE 14 256 GB. El ganador recibirá el premio por servicio de mensajería en la dirección que facilite.

Los premios objeto del presente SORTEO PROMOCIONAL en ningún caso podrán ser objeto de cambio, alteración o compensación económica a petición del ganador/es.

Las obligaciones de CRISMONA con respecto a los premios, finalizarán con la entrega de los mismos a los ganadores.

El premio objeto de la presente promoción estará sujeto a la normativa fiscal vigente que resulte de aplicación en España.

En particular, el premio podrá estar sujeto a retención o ingreso a cuenta del IRPF (o al impuesto que, en su caso, corresponda), de conformidad con la legislación tributaria aplicable en cada momento.

En caso de que proceda practicar ingreso a cuenta por tratarse de un premio en especie, la entidad organizadora asumirá dicho ingreso a cuenta, salvo que en estas bases se indique expresamente lo contrario.

Sin perjuicio de lo anterior, será obligación del ganador declarar el premio en su correspondiente declaración fiscal, cuando así venga exigido por la normativa tributaria.

La entidad organizadora entregará al ganador, cuando legalmente proceda, la documentación fiscal acreditativa correspondiente.

6.- COMUNICACIÓN AL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO

El/la ganador/a se dará a conocer durante la primera semana de septiembre de 2026. Mediante la publicación de una respuesta en el post del SORTEO PROMOCIONAL, los usuarios sabrán si han resultado ganadores/as del SORTEO PROMOCIONAL.

En un plazo de 15 días, el ganador/a deberá facilitar a CRISMONA, sus datos personales y copia completa del DNI. En el caso de que CRISMONA,  no reciba la documentación en el plazo indicado, el premio pasará al primer suplente, y así sucesivamente si tampoco se recibiera la documentación en el plazo indicado. Si se produjera la circunstancia de que ningún suplente enviara la documentación dentro del plazo indicado, el premio quedaría desierto.

 El envío de la documentación deberá realizarse, siempre, escribiendo al email de CRISMONA, web@crismona.com

7.- LIMITACIONES, RESTRICCIONES Y FACULTADES

Este SORTEO PROMOCIONAL no será válido para los empleados de CRISMONA, ni para los empleados de las empresas que han colaborado en la elaboración de la misma.

CRISMONA se reserva el derecho de cambiar el premio por otro de valor similar o superior.

Asimismo, CRISMONA se reserva el derecho de prorrogar, modificar, cancelar o dejar en suspenso el presente SORTEO PROMOCIONAL o adoptar las medidas razonables que fueran necesarias si concurren causas de fuerza mayor o causas no imputables a CRISMONA. En este caso, si fuera necesario cambiar las fechas del SORTEO PROMOCIONAL, CRISMONA comunicará las nuevas fechas a todos los participantes con suficiente antelación, comprometiéndose a comunicar las nuevas bases legales o condiciones de participación.

Quedarán excluidas del SORTEO PROMOCIONAL aquellas participaciones cuyos datos consignados resulten erróneos, falsos o incompletos.

No se limita el número de participaciones por persona. De todos modos, sí que se limitará a un premio por persona, siendo el DNI el comprobante. Esto significa que, una misma persona física sólo puede resultar ganadora en una ocasión.

La organizadora se reserva el derecho de retirar aquellas participaciones respecto de las cuales exista cualquier tipo de disputa o reclamación, pudiendo asimismo retirar aquellas participaciones que desde su punto de vista atenten contra cualquier disposición legal, evidencien agresión o violencia de cualquier tipo, incluyan escenas o actitudes agresivas/violentas/obscenas o que ridiculicen a terceros, así como en general cualquier participación que resulte ofensiva o que atente contra cualquier valor reconocido y tutelado por la Constitución y el resto del ordenamiento Jurídico o que contenga temas políticos o religiosos que pongan en entredicho la buena reputación de CRISMONA  o alguno de sus productos.

La organizadora se reserva el derecho a evitar que sobre esta SORTEO PROMOCIONAL se establezcan sistemas de especulación o de negocios, en cuyo caso podrá ejercer aquellas acciones legales que estime oportunas.

También se reserva el derecho de eliminar la inscripción de un participante al SORTEO PROMOCIONAL de forma unilateral si CRISMONA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente SORTEO PROMOCIONAL, detecten cualquier anomalía o sospecha de que ese participante está impidiendo el normal desarrollo en su participación en el SORTEO PROMOCIONAL, alterando ilegalmente su registro o su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear los resultados.

El presente SORTEO PROMOCIONAL no está patrocinado, avalado, administrado ni asociado en modo alguno a META. En este sentido, los participantes exoneran a META de toda responsabilidad derivada de su participación en el SORTEO PROMOCIONAL.

8.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

En virtud del Reglamento Europeo de Protección de Datos 2016/679, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales facilitados en el marco del mencionado SORTEO PROMOCIONAL, serán tratados por CRISMONA, S.A.U con domicilio en Calle Baena, 25, 14860 Doña Mencía, Córdoba, en su calidad de responsable del tratamiento.

CRISMONA tratará los datos personales de los participantes con la finalidad de gestionar la participación en el SORTEO PROMOCIONAL, comprobar que cumplen con las condiciones de la misma, contactar con los ganadores y entregar el premio. Asimismo, con respecto al ganador, utilizar su imagen en el marco de la publicación de su condición como ganador.

La base jurídica para el tratamiento de datos de los participantes es la siguiente: 

–    Respecto a la gestión de la participación en el SORTEO PROMOCIONAL y posterior entrega de los premios, es la ejecución de el SORTEO PROMOCIONAL en los términos y condiciones que se establecen, siendo el tratamiento de datos personales vinculados a dicho fin el estrictamente necesario para dar cumplimiento a la presente relación jurídica:

  • 6.1.b RGPD: gestión de la participación, verificación de requisitos y entrega del premio.
  • 6.1.f RGPD: prevención del fraude y control del correcto desarrollo de la promoción.
  • 6.1.a RGPD: uso de la imagen del ganador para comunicar el resultado, cuando proceda.

–    Respecto al uso de la imagen del ganador, es el propio consentimiento del participante, sin que el mismo condicione la ejecución del SORTEO PROMOCIONAL.

Se informa que el periodo de conservación de sus datos será durante el plazo necesario para gestionar el presente SORTEO PROMOCIONAL. Una vez transcurrido el periodo anteriormente citado, CRISMONA bloqueará sus datos personales con el fin de impedir su tratamiento, excepto para su puesta a disposición a Administraciones Públicas y Tribunales o Arbitrales, con el fin de cumplir con las obligaciones legales que pudieren derivarse. 

Igualmente, le informamos que al desarrollarse el SORTEO PROMOCIONAL a través de la plataforma Facebook, podrán producirse transferencias internacionales cuando el proveedor de la plataforma actúe como responsable independiente, con base en el mecanismo de transferencia aplicable en cada momento (decisión de adecuación, cláusulas contractuales tipo u otro previsto en el RGPD).

En cualquier momento, los participantes tienen derecho a ejercer, en los términos establecidos por la legislación vigente, sus derechos de acceso, rectificación y supresión, limitación del tratamiento, portabilidad, oposición al tratamiento, así como a revocar el consentimiento prestado. Para el ejercicio de los referidos derechos puede enviar una comunicación por correo postal a Calle Baena, 25, 14860 Doña Mencía, Córdoba, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico web@crismona.com con la referencia “Protección de datos”, indicando el derecho que desea ejercitar y acompañando copia de su Documento Nacional de Identidad o documento identificativo similar que acredite su identidad. 

Asimismo, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) o autoridad de protección de datos competente.

El participante garantiza que los datos facilitados a CRISMONA con motivo del presente SORTEO PROMOCIONAL, son veraces y se responsabilizará de comunicar cualquier modificación de los mismos a CRISMONA. Serán nulas las participaciones incompletas o con datos erróneos o falsos.

Para más información sobre el tratamiento de sus datos personales puede visitar nuestra Política de Privacidad (http://crismona.com/politica-de-privacidad/) .

9.- DERECHOS DE IMAGEN

CRISMONA se reserva el derecho a utilizar el nombre de usuario de Facebook(incluyendo la imagen de perfil) de los participantes en el SORTEO PROMOCIONAL con el fin de comunicar el resultado del presente SORTEO PROMOCIONAL en la forma que disponga y sin derecho a compensación alguna.

El ganador/ganadores del SORTEO PROMOCIONAL autorizan a CRISMONA para que, en su caso, pueda captar y reproducir por cualquier medio o soporte su imagen (incluyendo la voz y el nombre), con ocasión de su condición de ganador del SORTEO PROMOCIONAL, por un máximo de 12 meses, y con el único objetivo de comunicar el resultado del SORTEO PROMOCIONAL en web/redes de la marca

10.- DIVERGENCIAS

Con el fin de solventar las discrepancias que pudieran surgir en la interpretación o ejecución de estas bases se resolverán conforme a su literalidad y a la normativa aplicable.

11.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en el SORTEO PROMOCIONAL en la página oficial de Facebook de CRISMONA supone la aceptación íntegra de las presentes bases. 

 12.- LEGISLACIÓN APLICABLE

CRISMONA y los participantes del SORTEO PROMOCIONAL, de mutuo acuerdo, señalan que las controversias se resolverán por los juzgados y tribunales que resulten competentes conforme a la normativa aplicable, y de conformidad con las leyes comunes españolas.